La Municipalidad de Cartago, basada en el artículo 214 de la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas, Terrestres y Seguridad Vial implementa en el año 2015 el primer Cuerpo Especial de Inspectores de Tránsito Municipal de Costa Rica. Con este fundamento el Policía Municipal se inviste de inspector municipal de tránsito, por lo que mantiene ambas funciones.
FACULTADES INSPECTORES DE TRÁNSITO MUNICIPAL
Los inspectores municipales de tránsito están facultados para realizar todos los procedimientos sobre vía pública, según los artículos 96, 143, 144, 145, 146 y 147 de la Ley 9078, al igual que un policía de tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a excepción de atención de accidentes de tránsito, conforme lo señala el Decreto Nº 38164-MOPT, Reglamento para el Funcionamiento de los Cuerpos Especiales de Inspectores de Tránsito.
ÁMBITO DE COMPETENCIA
Los inspectores de tránsito de la Municipalidad de Cartago tienen jurisdicción en los 11 distritos del cantón de Cartago, los cuales son:
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Sitio actualizado 30 de Noviembre del 2023