Personal que labora en el municipio 2021
Lista del Personal que Labora Para la Municipalidad de Cartago.
Formularios de Evaluación del Desempeño de los Funcionarios Municipales
Perfiles de los Jerarcas para ser elegidos en puestos públicos Municipales
Artículo 5.- Para ser Presidente y Vicepresidente de la República se requiere reunir los requisitos estatuidos en la Constitución Política. También, se respetarán las exigencias constitucionales para ser diputado a la Asamblea Legislativa.
Para ser alcalde, regidor, síndico de los gobiernos municipales o miembro del Consejo de Distrito, se necesitan los requisitos fijados en el Código Municipal.
Los partidos políticos serán responsables de que la elección de los miembros indicados en los dos párrafos anteriores, recaiga sobre personas de reconocida idoneidad, con el fin de garantizar al pueblo costarricense la capacidad de sus gobernantes.
Impedimentos para ser elegido Regidor o Síndico Municipal
Artículo 8.- No podrá ser elegido Regidor o Síndico Municipal ni inscrita su candidatura para esos cargos:
- Quien se encontrare en alguno de los casos de impedimento indicados en el artículo anterior;
- Quien ejerza jurisdicción o autoridad pública extensiva a todo un distrito; y
- Quien se encontrare en alguno de los casos de impedimento previstos por la Ley de organización Municipal.
Estas incompatibilidades afectarán a quienes desempeñen los cargos indicados dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección.
(Reformado por ley No. 3555 de 25 de octubre de 1965 “La Gaceta” No. 244 de 28 de octubre de 1965.
Reformado por Ley No. 7653, del 28 de noviembre de 1996, “La Gaceta” No. 246 del 23 de diciembre de 1996).
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Sitio actualizado 02 de Junio del 2023