La Policía Municipal fue creada coma tal en el año 2005, sin embargo fue implementada e inaugurada el 18 de noviembre del año 2010. Fundamenta su actuar en el Reglamento del Departamento de la Policía Municipal de Cartago, reglamento vigente desde el lunes 11 de julio del 2005. En el año 2014 se modificó el reglamento y fue publicado en el diario oficial La gaceta como: REGLAMENTO DE LA POLICÍA MUNICIPAL, el cual rige a partir de su segunda publicación del 29 de mayo del 2014 en el diario oficial La Gaceta.
Ver Reglamento Policía Municipal de CartagoFUNCIONES DE LA POLICÍA MUNICIPAL DE CARTAGO
· La protección del libre ejercicio de los derechos y libertades constitucionales, garantizando la seguridad Comunitaria.
· La vigilancia de edificios, monumentos, museos, parques, nacientes, jardines, de todos los lugares y bienes que constituyen patrimonio municipal.
· La tramitación de inspecciones y denuncias de las actividades ilícitas o contrarias a las normas municipales.
· Vigilancia y ordenación vial, a través de la fiscalización de zonas de estacionamiento, así como de la Ley de Tránsito a través del Cuerpo de Inspectores Municipales de Tránsito, con la excepción de atención de accidentes de tránsito.
· Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre el control y regulación del comercio informal, mediante la regulación de ventas ambulantes todos los días del año. · Prestar auxilio en los casos de calamidades públicas, colaborando con las instituciones y organismos de asistencia pública. · Actuar conforme a la ley en casos de delitos en flagrancia en atención a la seguridad de los ciudadanos, velando por las personas y sus bienes. · Actuar como colaboradores de los cuerpos policiales (Fuerza Pública, Organismo de Investigación Judicial, Policía de Tránsito, etc) en la forma que lo señalen las leyes cuando así lo soliciten. · Confeccionar actas de observación para verificar hechos a solicitud de particulares o funcionarios municipales. · Elaborar los informes necesarios a las distintas dependencias municipales a su solicitud o de oficio, cuando se infrinja normativa administrativa municipal. · Clausurar locales comerciales hasta por 24 horas, que irrespeten el horario establecido en la patente respectiva, especialmente conforme a lo regulado en la Ley de Licores. · Clausurar hasta por 24 horas los locales comerciales que realicen actividades en vivo sin el permiso correspondiente o no cuenten con la documentación necesaria para su funcionamiento. · Desarrollar programas de seguridad preventiva con niños, niñas y jóvenes del cantón. · Monitorear los sistemas de cámaras municipales y coordinar su utilización.
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Sitio actualizado 30 de Noviembre del 2023