¿Qué es Muni en Casa y qué trámites puede realizar en el mismo?
R/ Es el portal en línea que la Municipalidad brinda a sus contribuyentes para realizar sus realizar trámites y pagos de los tributos en línea desde la comodidad de su casa u oficina con cuentas de cualquier entidad financiera del país.
¿Qué Trámites puedo realizar desde el sitio Muni en Casa mismo?
R/ Podrá solicitar trámites de forma no presenciales, tales como: consulta y certificación de Uso del Suelo, presentación de declaraciones del Impuesto de Patentes, Extracción de Materiales y Espectáculos Públicos.
¿Cuáles tributos puedo cancelar por medio del sitio Muni en Casa?
R/ Podrá realizar los pagos de los tributos y precios por agua, servicios municipales, Impuesto de Patentes, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Alquiler de Mercado, Impuesto de Construcción.
¿Por qué debo presentar la Declaración de Bienes Inmuebles?
R/ De acuerdo con la Ley No. 7509, en su artículo No. 16, se estipula que los propietarios de bienes inmuebles están en la obligación tributaria de declarar el valor de sus inmuebles a la Municipalidad. El valor declarado en caso de ser aceptado por la Municipalidad será tomado como base para el cálculo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
¿Qué es la declaración de bienes inmuebles y qué considera?
R/ La declaración de bienes inmuebles es la determinación y actualización del valor de la propiedad, mediante la cual se consideran las características del terreno y de la(s) construcción(es) que comprendan el inmueble. En dicho formulario se contiene como mínimo tal como lo establece el artículo No. 26 del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la siguiente información:
- Identificación del propietario (calidades, número de cédula jurídica o de identidad, domicilio fiscal, número de teléfono, fax, apartado postal, lugar para notificaciones).
- Descripción del inmueble (número de finca, naturaleza, medida en metros cuadrados, ubicación exacta, plano catastrado).
- Descripción de las construcciones existentes.
- Valor del terreno y la construcción.
¿Cada cuánto debo presentar la declaración de bienes inmuebles?
R/ Debe de presentar su declaración al menos una vez cada 5 años mediante el formulario de Declaración del Impuesto sobre Bienes Inmuebles dispuesto por la Municipalidad para tales efectos.
¿Quiénes deben presentar la Declaración de Bienes Inmuebles?
R/ Deben de declarar todas aquellas personas físicas o jurídicas dueña de propiedades inscritas o no ante el Registro Nacional conforme lo indica el artículo No. 6 de la Ley No. 7509.
¿Qué debo de hacer para presentar la Declaración de Bienes Inmuebles?
R/ Debe presentarse a la Oficina de Valoraciones de la Municipalidad a fin de retirar el formulario respectivo. Si requiere ayuda sobre cómo llenar el formulario y sus requisitos, puede realizar sus consultar a los funcionarios de esta Oficina. El formulario y sus requisitos pueden ser localizados y descargardos desde este mismo sitio.
Asimismo, el valor del terreno de su propiedad puede ser consultado haciendo “click” en este link donde se le presentará el mapa de valores de terrenos del Cantón, y por el cual deberá de ubicar su propiedad (lote). Haga “click” en la zona donde se ubica y le será desplegado el valor de terreno por metro cuadrado de esa zona y en consecuencia de su propiedad.
¿Qué pasa si no presento la Declaración de Bienes Inmuebles?
R/ En caso de que omita su obligación de presentar la declaración, la Municipalidad estará facultada para efectuar de oficio la valoración del (os) bien(es) inmueble(s) sin declarar según lo estipula el artículo No. 17 de la Ley No.7509.
¿Qué pasa si aún presentando la Declaración de Bienes Inmuebles la Municipalidad no acepta el valor?
R/ En caso de que el valor declarado no sea aceptado por la Municipalidad se procederá mediante los procesos de fiscalización a la determinación del valor de su inmueble mediante un avalúo de la propiedad tomando como parámetros las respectivas herramientas de valoración como la Plataforma de Valores de Terreno, la Tipología Constructivas.
¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?
R/ El impuesto se calcula sobre el valor total del inmueble (terreno más construcción) al cual se le debe de aplicar una tarifa de 0.0025, dando como resultado el monto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y que corresponde a cancelar la suma de ¢2.500,00 por cada millón del valor del inmueble.
¿Cómo se paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?
R/ El impuesto se determina en forma anual, teniendo la facilidad de cancelarlo en su totalidad en forma adelantada, o por cuotas trimestrales, bajo el entendido que cada trimestre vencido genera los recargos por intereses correspondientes. Usualmente el municipio otorga un descuento por pronto pago en el pago de este impuesto, si la deuda anual se cancela en el primer trimestre del año al cobro.
¿Qué pasa si no se paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?
R/ Si no cancelo a tiempo el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se expone a que su deuda se traslade a Cobro Judicial, lo cual le acarrearía otros cargos por costas y honorarios de abogados, así como que se imponga gravamen por hipoteca legal preferente sobre su propiedad y un eventual remate de la propiedad.
¿Qué debo de hacer para solicitar el número de cuenta (número identificativo del servicio) que corresponde al pago de los servicios municipales de una o varias fincas?
R/ Se debe de solicitar en la Plataforma de Servicios que le suministren dicha(s) cuenta(s).
¿Qué debo de hacer en caso de duda sobre los servicios que me están cobrando y sus montos?
En caso de duda en el cobro debe de dirigirse a la plataforma del Departamento Comercial y presentar sus consultas. Si las dudas persisten debe dirigirse a la Plataforma de Servicios y presentar su trámite mediante el formulario que le será suministrado para tales efectos a fin de que la Dependencia correspondiente, sea el Departamento Comercial gestione su solicitud.
¿Qué debo hacer cuando requiero un traspaso de servicios municipales?
R/ Debe de presentar su solicitud de trámite mediante el formulario que le será suministrado en la Plataforma de Servicios y aportar los requisitos correspondientes.
¿Cada cuánto y cómo debo de cancelar los servicios municipales de agua, basura, etc?
R/ Los servicios municipales se deben de cancelar durante los primeros diez días hábiles del mes, los cuales se cobran en un mismo recibo. Pasado este período se le cobrarán los intereses respectivos, los cuales son calculados de forma diaria hasta la cancelación efectiva de la deuda.
¿Qué pasa si no cancelo los servicios municipales en tiempo?
R/ Si no se cancelan los servicios municipales en el período establecido por la Municipalidad generará intereses por atraso en el pago. Si pasados dos meses no ha efectuado su pago, se expone a que le suspendan el servicio, para lo cual después deberá de cancelar, no solo los intereses sino también recargos por reconexiones, honorarios de abogados, dependiendo de la vía de cobro en que se encuentre su adeudo.
¿Qué debo de hacer para solicitar una paja de agua o independizar las pajas?
R/ Presentar solicitud ante la Plataforma de Servicios dirigida a la Dirección de Acueductos, solicitando la instalación de una paja de agua nueva. Cuando se refiera a una independización de pajas, debe de solicitarla igualmente mediante documento indicando la razón de la independización, suministrar el número de cuenta actual y su localización.
¿Qué debo de hacer cuándo no estoy de acuerdo con el cobro de los servicios prestados al inmueble?
R/ Solicitar ante la Plataforma de Servicios una inspección e informe sobre el cobro que se aplica. En este caso la Dependencia respectiva hará una inspección confrontando el registro catastral que se tiene sobre el cobro de ese inmueble a fin de determinar posibles modificaciones en dicho cobro.
¿Qué debo de hacer para solicitar una inspección por alto monto (consumo) en el agua?
R/ Debe de presentar su solicitud de trámite de inspección mediante el formulario que le será suministrado para tales efectos en la Plataforma de Servicios y aportar los requisitos correspondientes.
¿Tiene Costo el solicitar la Inspección por Alto Monto?
R/ Al solicitar una inspección por alto monto o consumo en servicio de agua, se le asocia el costo por la inspección, cuyo monto le será cargado en el recibo por servicios municipales.
¿Si tengo una fuga interna cual es el procedimiento a seguir?
R/ Al determinarse que posiblemente existe una fuga interna en su propiedad, la cual está afectando el consumo y facturación del servicio del agua, deberá de solicitar la inspección correspondiente de forma tal que la Municipal lleve el seguimiento y control sobre el reporte de la misma.
¿Cuantas prorrogas puedo solicitar para reparar una fuga interna?
R/ Cuando la Municipalidad le notifique su comprobación de que existe una fuga interna en su propiedad, le concederá un plazo de 30 días para efectuar la reparación y hacer los ajustes correspondientes a la facturación según lo estipula el Reglamento. Usted en caso de que no pueda concretar la reparación dentro de ese plazo, podrá solicitar mediante el formulario establecido para tales efectos, una prórroga de plazo para que continúe con su reparación, la cual será resuelta y notificada por la Municipalidad.
- Cantinas, Bares y Tabernas sin actividad bailable
- Salones de baile, discotecas, clubes nocturno y cabarés con actividad bailable
- Restaurante
- Licorera
- Mini Súper
- Supermercado
- Empresas de hospedaje declaradas de interés turístico
- Cantinas, Bares y Tabernas sin actividad bailable: de 11:00 am a 2:30 am.
- Salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabarés con actividad bailable: de 4:00 pm a 2:30
- Restaurante: de 11:00 am a 2:30 am.
- Licorera: de 11:00 am a 12:00 mn.
- Mini Súper: de 08:00 am a 12:00 mn.
- Supermercado: de 08:00 am a 12:00 mn.
- Empresas de hospedaje declaradas de interés turístico: Sin limitación de horario.
¿Qué debo de hacer para solicitar una licencia de construcción?
R/ Debe de presentarse en la Plataforma de Servicios a fin de que lo asesoren y suministren el formulario respectivo. Dar cumplimiento a los requisitos en función del tipo de proyecto o construcción a desarrollar y conforme a la legislación aplicable, los cuales son expuestos en el mismo formulario para su guía.
¿Qué debo de hacer para solicitar una licencia de construcción de forma digital por medio de la plataforma APC?
R/ Debe solicitar al profesional responsable de su proyecto que tramite la licencia de construcción por APC, la cual es el sistema de tramitación digital que facilita el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. A diferencia del trámite físico; el trámite digital únicamente lo puede presentar el profesional del proyecto.
¿Cuáles son los requisitos a presentar si tramito la licencia de construcción de forma digital por APC?
R/ El profesional debe completar el formulario digital y aportar los siguientes requisitos documentales legibles y completos en el link del APC destinado para subir esos requisitos. TODOS LOS COCUMENTOS DEBEN SUBIRSE EN UNA SOLA CARPETA ZIP:
- Certificado de uso de suelo conforme y actualizado según el Plan Regulador de Cartago publicado en la gaceta #208 del 20 de diciembre del 2012. (Art #28 de la Ley de Planificación Urbana).
- Copia del plano(s) de catastro(s) que contenga(n) el alineamiento vial según corresponda:
- Alineamiento municipal si el proyecto es frente a una ruta cantonal.
- Alineamiento del MOPT si el proyecto es frente a una ruta nacional (aportar el plano marcado y el oficio original emitido por el MOPT).
Si la propiedad colinda con algún río, naciente, acequia o quebrada, alineamiento emitido por el INVU. - Si la propiedad soporta alguna línea de trasmisión eléctrica, alineamiento emitido por el ICE o JASEC según corresponda.
- Certificación literal de la propiedad, si son varios dueños una certificación para cada condueño. (No más de un mes de emitida).
- Si el propietario del inmueble es persona jurídica, debe aportar certificación de personería jurídica emitida por el Registro Público. (No más de un mes de emitida).
- Copia de cédula de identidad del propietario(s), o del representante legal si el dueño es persona jurídica.
- Si el solicitante es una tercera persona debe aportar autorización del propietario a favor de esa tercera persona. (un mes máximo).
- Constancia de obligaciones al día, con la CCSS y con FODESAF a nombre del propietario(s) y solicitante. (Se permiten AMBAS consultas a la página Web de la CCSS).
- Viabilidad ambiental emitida por SETENA cuando aplique (PROYECTOS DE MAS DE 300 m2).
- Estar al día con el pago de impuestos municipales al día a nombre del propietario y solicitante. (SOLO VERIFICAR ANTES DE SUBIR EL PROYECTO A REVISIÓN MUNICIPAL)
- Estar al día con la declaración de bienes inmuebles al día. (SOLO VERIFICAR ANTES DE SUBIR EL PROYECTO A REVISIÓN MUNICIPAL).
¿Cómo se determina el Impuesto de Construcción?
R/ El Impuesto de Construcción se determina aplicando un porcentaje de un 1% sobre el valor total de obra.
¿Cómo se paga el Impuesto de Construcción?
R/ Junto con el pago del Impuesto de Construcción se debe de cancelar los servicios municipales por su instalación por única vez.
¿Qué pasa si no se cancela el Impuesto de Construcción?
R/ El impuesto de construcción es un requisito básico que le autoriza realizar los trabajos en la propiedad, si el impuesto no es cancelado previo al inicio de la obra, la Municipalidad previa fiscalización, tiene la autoridad de clausurar y detener la construcción hasta que la deuda sea cancelada. De igual forma de las demás deudas por tributos o servicios municipales, si las deudas no son canceladas en vía administrativa, se trasladan a cobro judicial.
¿Qué debo de hacer para solicitar un arreglo de pago porque no puedo cancelar mis deudas?
R/ Deberá de presentarse al Departamento de Cobro a fin de que se proceda a exponer su situación y esta Dependencia proceda a efectuar el análisis pertinente y en caso de proceder, determine la posibilidad de formalizar el arreglo de pago y establezca el plazo y las cuotas que le corresponde cancelar. En caso de no honrar el arreglo de pago, se da por agotada la vía administrativa y se traslada la deuda a cobro judicial.
¿Dónde puedo cancelar mis deudas?
R/ Para cancelar sus adeudos la Municipalidad ha puesto a su servicio diferentes medios para su comodidad. Podrá realizarlo a través de:
- Los quioscos de autoservicio
- Sitio electrónico Muni en Casa
- A través de la página de las entidades financieras en las cuales mantenga sus cuentas bancarias
- Presentándose a la Municipalidad
¿Qué son los kioskos de autoservicio y qué trámites puedo realizar?
R/ Es una plataforma tecnológica de autoservicio donde los contribuyentes pueden cancelar sus tributos municipales por medio de su tarjeta de crédito o débito. Puede también gestionar y obtener sus constancias municipales, todo lo anterior con solo colocar la cédula de identidad en el lector del quiosco municipal.
¿Cuáles tributos puedo cancelar por medio de los quioscos de autoservicios?
R/ Podrá realizar los pagos de los tributos y precios por agua, servicios municipales, Impuesto de Patentes, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Infracciones por estacionómetros, Alquiler de Mercado, Impuesto de Construcción. Estos trámites o pagos los podrá realizar utilizando adicionalmente su equipo móvil.
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Sitio actualizado 27 de Septiembre del 2023